Transporte de Mascotas

Aeropostal dispone del servicio de transporte de mascotas, siempre que estos cuenten con la debida documentación.

Además, la aerolínea cuenta con servicio de alquiler de contenedores para las mascotas (solo por carga), para ello se debe hacer la reserva 24 horas antes del viaje.

Reglas generales:

El transporte de los animales vivos se rige, siguiendo la política de la aerolínea y cumpliendo con lo establecido en las leyes de los países de origen y destino. El transporte de animales vivos se aceptará siempre que el pasajero asuma la responsabilidad total por su transporte. Aeropostal no responderá de las heridas, pérdidas, retrasos, enfermedad o muerte de tales animales, ni responderá en el caso de que se les denegará la entrada o tránsito en algún país estado o territorio.

  1. Los animales domésticos deberán estar sanos para el transporte y deben ser transportados en jaulas o contenedores homologados y viajar en forma individual, cumpliendo con condiciones mínimas de tamaño, ventilación, resistencia, higiene.
  2. El pasajero es responsable de la higiene, sanidad, alimentación, hidratación y bienestar del animal o mascota.
  3. Se consideran aptos para el transporte, salvo cuando sea probable que puedan parir durante el vuelo.
  4. No pueden viajar cachorros dependientes de la madre, sin ella.
  5. Para el transporte de animales vivos se aplicarán cargos por dicho servicio (Tabla de Misceláneos). Se tomará el peso del animal junto con el kennel, para determinar los kilos a cobrar.
  6. Existen períodos o temporadas donde se pudiera aplicar restricciones en el transporte de animales vivos en las bodegas de la aeronave.
Para el transporte de mascota la empresa exigirá las siguientes condiciones:

Usar kennel (jaula) obligatoriamente ventilado con las siguientes dimensiones:

  • Cabina: 35x50x30 cm, si desea el traslado junto con el pasajero.
  • Bodega: 100x110x80 cm, si desea trasladarlo junto con el equipaje facturado.
Documentación:

Cuando los animales vivos sean transportados como equipaje y/o en cabina, el pasajero deberá presentar la siguiente documentación al momento de chequear al animal: 

  • Certificado de Salud expedido por un médico Veterinario colegiado.
  • Certificado de vacuna contra la rabia.
  • Tarjeta de vacunas aplicadas al animal.
  • Certificado de inspección zoosanitaria y permiso de movilización expedido por el INSAI (Instituto Nacional de Salud Agrícola Integral).

Toda documentación para el transporte doméstico de animales vivos deberá registrarse en idioma español y en los casos de exportación, en idioma inglés (o dependiendo del idioma oficial del país de destino).

Cuando el pasajero realice vuelos en conexión, las líneas aéreas involucradas, serán solidariamente responsables de informar al pasajero de que otros posibles requisitos aplican  según el país de destino.

Normas para mascotas viajando en cabina de pasajeros (PETC):

Como norma general el transporte de animales vivos deberá hacerse en los compartimientos de carga de la aeronave.

Por políticas de la empresa solo permitimos el traslado de caninos y felinos, que NO PRODUZCAN OLORES NI RUIDOS DESAGRADABLES, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

  • Bajo ningún concepto se permitirá que el animal sea sacado de su contenedor durante cualquier fase del vuelo.
  • El animal no puede ser sacado de su contenedor durante ninguna de las fases del vuelo.
  • Se recomienda al pasajero que la mascota este calmada durante el vuelo.
  • Solo se podrá transportar 02 mascotas por pasajero en cabina, con peso máximo de seis (6) kilos, incluyendo el Kennel. De ahí la importancia de informar a nuestro personal y/o sistema, su deseo de llevar a su mascota en la cabina consigo.
  • El animal debe ir colocado dentro de un Kennel pequeño rígido o blando (es permitido el Bolso transportador impermeable). Este a su vez deberá ser colocado de forma segura, debajo del asiento delantero del pasajero.
  • No podrá ser ubicado en asientos de salida de emergencias
Animales de asistencia o servicio (perros lazarillos):

Se denominan Animales de Asistencia o Perros Lazarillos a los que trabajan para ayudar a personas con discapacidades físicas, en general:

  1. Personas en sillas de ruedas,
  2. Con problemas de equilibrio, dificultad para caminar,
  3. o dificultad visual, entre otras.

Se permite el transporte de estos animales siempre y cuando cumplan las siguientes condiciones:

  1. Usar el Bozal durante todas las fases del vuelo.
  2. Siempre se debe encontrar en compañía del pasajero.
  3. Tener certificado de entrenamiento como perro lazarillo y el certificado de salud correspondiente.
  4. Poseer collar de identificación.
  5. Ser ubicados en una fila con mamparo al frente (Primera Fila).
  6. Están permitidos un máximo de dos (02) y sin límite de peso. Por lo tanto, es de suma importancia in formar a la Aerolínea al momento de hacer su reservación.

NOTA: Los Animales de apoyo emocional son animales necesarios para el bienestar emocional del pasajero durante el vuelo o en su destino y que puede estar o no entrenado para ese rol, proveen comodidad con su presencia, reducen estrés, ansiedad, depresión, brindan tranquilidad a su dueño.

Aeropostal se reserva el derecho de transportar este tipo de animal a bordo de sus aviones. (La legislación venezolana no contempla reglamentación sobre este tipo de animal)

Precaución:

Razas de mascotas braquicéfalas no serán transportadas por avión motivado a su condición física (respiración) y son los siguientes:

  • Caninos: Affenpinscher, Bulldog (todas las razas), Lhasa Apso, Pug (todas las razas), Cane Corso, Mastín (todas las razas), Shar Pei, Boston Terrier, Dogo de Burdeos, Pekinés, Shih Tzu, Boxer (todas las razas), English Toy, Spaniel, Pit Bull, Spaniel tibetano, Grifón de Bruselas, Japanese Chin, Presa Canario.
  • Felinos: Burmese, Persa, Himalayo, Exotic Shorthair.

Nota: En Aeropostal se aceptara animal de servicio de condición Braquicéfalos siempre que el dueño firme la aceptación de Descargo de Responsabilidad.

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