Exceso de Equipaje
El pasajero cancelará un recargo por el transporte de todo equipaje que excediere el límite de la franquicia, a la tasa del 1% de la tarifa en clase YOW, para todos los vuelos nacionales. Todo exceso será cobrado desde el punto de origen hasta su destino final, incluyendo los trayectos con otras aerolíneas, cuando el boleto se encuentre en conjunción. El exceso de equipaje incluye las cajas, y el equipaje que exceda el límite peso y tamaño definidos por Aeropostal en la franquicia. Se aceptará bajo responsabilidad Limitada, separación voluntaria, y tendrá la última prioridad de embarque. En la mayoría de los casos su exceso de equipaje llegará a su destino en un período de 5 días.
Derecho de Revisión
Por razones de seguridad, Aeropostal Alas de Venezuela o cualquier organismo de seguridad del estado, puede solicitar permiso al pasajero para revisar a su persona y equipaje o el equipaje en su ausencia si no se le pudiera solicitarle permiso, con el propósito de verificar si posee o lleva algún artículo de los descritos, como mercancías peligrosas, en el manual de la OACI o la IATA. Si el pasajero se negase a ello, Aeropostal Alas de Venezuela podrá, a su vez, negar el transporte al pasajero y a su equipaje.
Denegación del Transporte de Equipaje
- Aeropostal, puede negarse a transportar como equipaje los artículos descritos anteriormente como prohibidos para su transporte y puede también negarse a continuar transportándolos, si se descubriesen durante el viaje.
- Puede denegar el transporte como equipaje de cualquier artículo en virtud de su tamaño, forma, peso o características particulares.
- Puede transportar, en vuelos posteriores, el equipaje que exceda el límite de la franquicia aplicable, o que no cumpla con las dimensiones y peso descritos en esta normativa a menos que previamente, se hubiese convenido algún acuerdo con la aerolínea.
- Puede negarse a aceptar, como equipaje facturado, todo lo que no se presente bien embalado en maletas o contenedores similares, de manera tal que facilite el transporte seguro en el vuelo, con un tratamiento normal durante las labores de facturación, embarque y desembarque.
Protección y Entrega de Equipajes
En los puntos de destino o parada con estancia, el pasajero retirará su equipaje, tan pronto como sea posible.
Solamente el portador del talón de equipaje y de la etiqueta de identificación entregada al pasajero en el momento de la facturación, será la persona con derecho a recoger el equipaje
El recibo del equipaje facturado o la carga sin protesta del destinatario constituirá la presunción, salvo prueba de lo contrario, de que los mismos han sido entregados en buen estado y de conformidad con el documento de transporte.
En caso de avería, el destinatario deberá presentar al transportista una protesta inmediatamente después de haber sido notada dicha avería y, a más tardar, dentro de un plazo de siete (7) días para el equipaje facturado y de catorce (14) días para la carga, a partir de la fecha de su recibo. En caso de retrazo, la propuesta deberá hacerla a más tardar dentro de veintiún (21) días a partir de la fecha en que el equipaje o la carga hayan sido puestos a su disposición.
Con respecto a los vuelos domésticos (dentro de Venezuela) la protesta de las acciones por daños, en casos de avería, perdida, destrucción o retrazo en la entrega de la carga o del equipaje facturado, el pasajero deberá dirigir al transportista su reclamo por escrito dentro del plazo de treinta (30) días hábiles siguientes a la fecha prevista a la entrega o a la que debió entregarse. La falta de protesta impedirá el ejercicio de la acción correspondiente.
Toda protesta deberá hacerse por escrito y darse o expedirse dentro de los plazos mencionados.
A falta de protesta dentro de los lapsos establecidos, todas las acciones contra el transportista serán inadmisibles, salvo en caso de fraude de su parte.
Reglas Generales para la Aceptación de Equipajes
- Todo equipaje, antes de ser facturado, debe poseer una etiqueta de identificación con los siguientes datos: apellidos, nombres, dirección y número telefónico permanente de la persona que viaja.
- Sólo se permitirá facturar el equipaje en conjunto (Pool), en el caso de grupos familiares y reservas bajo el mismo localizador. Resolución IATA 746.
- No se permitirá la aceptación de bolsas como equipaje facturado.
- Los equipajes expandibles, y sacos de zona franca, sólo serán aceptados previamente plastificados.
- No se aceptarán equipajes que exceda de 23 Kg.
- El equipaje interline será aceptado en atención a la franquicia de cada aerolínea, respetando sus políticas de separación voluntaria, en períodos de alta temporada. El equipaje, facturado como exceso, será cobrado de origen a destino, asegurándose de que exista con cupón de exceso para cada aerolínea involucrada en el viaje. Si el pasajero con equipaje interline facturado a destino final, no presenta el cupón de exceso correspondiente, deberá cancelar a Aeropostal, el importe correspondiente.
- Deben ser facturados con ticket de responsabilidad limitada (Limited Reléase) todas las piezas que no cumplan con las medidas estándar publicadas por la empresa.
- Los instrumentos musicales y artículos deportivos no serán aceptados como equipaje facturado, sin excepción, todo deben ser enviados como carga. Solamente se permitirá como equipaje facturado un juego de palos de golf como parte de la franquicia libre permitida, En caso de exceso se cobrará a la tarifa de exceso vigente. Se aceptarán bajo régimen responsabilidad limitada:
- Todas las cajas.
- Los coches de bebe.
- Contenedores no convencionales.
- Las piezas con daños pre - existentes al momento de la facturación, las cuales además deben estar plastificadas, cuando coloquen en riesgo la integridad del contenido.
Los tickets de responsabilidad limitada (Limeted Reléase), deben especificar las razones por las cuales están siendo utilizados y el pasajero debe firmarlos como signo de aceptación de tales condiciones