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  Equipaje Permitido

Se considera equipaje la ropa, artículos y efectos personales, adecuados para el transporte y necesarios para el vestir, uso, comodidad y conveniencia del pasajero durante el viaje.

Aeropostal Alas de Venezuela No se hace responsable por los objetos y documentos que se relacionan a continuación, cuando estos vayan dentro de los equipajes.

  • Joyas -Jewelry
  • Documentos personales- personal documents
  • Cheques- Checks
  • Dinero en efectivo- cash
  • Cámaras fotográficas- Cameras
  • Walk-Man/Cd/Discman- Walk-Man/Cd/Discman
  • Filmadoras- Video Camera
  • Computadoras celulares- Computers Cellular phone
  • Calculadoras de bolsillo- pocket calculators
  • Lentes- Glasses
  • Botellas de vidrio- Glass Bottles
Nota: El pasajero, debe tomar las previsiones necesarias para llevarlo como equipaje de mano o en su defecto, por su volumen y fragilidad, enviarlo como carga y no como equipaje facturado

Equipaje de Mano

Es el equipaje bajo responsabilidad del pasajero quien lo llevara consigo abordo de las aeronaves, siempre que por sus dimensiones le permita ser ubicado debajo de los asientos o en los compartimientos superiores de la cabina de pasajeros. El equipaje de mano debe ser presentado por el pasajero en el mostrador de chequeo a objeto de ser verificado e identificado con la etiqueta correspondiente.
  • Dimensiones: 123 cms lineales
  • Peso máximo permitido: 08 kgs
  • Cantidad permitida por pasajero: 01 equipaje
Equipaje Facturado

Es aquel equipaje consignado por los pasajeros para ser trasladado en la bodega de carga de la aeronave al mismo destino, vuelo y fecha en que viaja el pasajero de conformidad con lo establecido en el contrato de transporte. 
  • Dimensiones: 158 cms lineales
  • Peso máximo : 23 kgs vuelos domésticos
  •               30 kgs vuelos internacionales
Equipaje No Permitido

Mercancias Peligrosas: Son artículos o sustancias que, cuando se transportan por avión, pueden constituir un riesgo importante para la salud, la seguridad, la propiedad y el medio ambiente.

- Los artículos que no constituyan propiamente el equipaje.

- Los artículos u objetos que puedan poner en peligro a la aeronave, las personas o bienes a bordo del avión, tales como los especificados en la Reglamentación sobre Mercancías Peligrosas de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), de la Asociación de Transporte Aéreo Internacional (IATA) y en los Reglamentos de Aeropostal, Alas de Venezuela. Aeropostal no transporta en sus vuelos mercancías peligrosas.

- Aquellos artículos cuyo transporte prohíban las Leyes, Reglamentos u Órdenes en vigor en cualquier Estado que se abandone, sobre vuele, o se dirija el vuelo. Los que, conforme a las políticas de Aeropostal Alas de Venezuela, no sean aptos para su transporte en razón de su peso, tamaño o características, tales como: artículos perecederos o frágiles.

- No se aceptarán equipajes que excedan de 30 kg

- No se permitirá la aceptación de bolsas como equipaje facturado.

- Equipajes que contengan artículos que no formen parte del contenido y que sean adheridos a estos por el pasajero.

- El transporte de armas de fuego, municiones, explosivos, cohetes, juegos pirotécnicos, fulminantes, luces de bengalas, esta prohibido. Aeropostal, no transporta en sus vuelos mercancías peligrosas.

- Gases comprimidos como Butano, oxigeno, gas para encendedores, cocinetas, tanques de buceo, líquidos inflamables como gasolina, cerillos, pintura, solventes, sólidos inflamables, sustancias que represente riesgos de combustión espontánea; sustancias que en contactos con el agua emiten gases inflamables, sustancias combustibles, peróxidos orgánicos.

- Sustancias venenosas (tóxicas) y sustancias infecciosas, como insecticidas, herbicidas, sustancias corrosivas, como ácidos, álcalis, mercurio, etc.

- Materiales radioactivos, portafolios y maletas con sistema de alarma. cualquier sustancia u objetos que represente peligro no previstos en las clases anteriores.

Transporte de Animales Domésticos

Se podrán aceptar para el transporte en las bodegas carga de las aeronaves. Es facturado bajo total responsabilidad del pasajero, deberán ir adecuadamente enjaulados en un kennel, deben llevar los certificados de sanidad, vacunación y otros permisos exigidos por las autoridades locales de los países de transito o destino final.
Los perros lazarillos que acompañen a pasajeros impedidos de sus facultades de visión o audición, deberán portar un bozal en todo el trayecto y se aceptaran, sin cargos adicionales.

-Condiciones para el transporte de animales domésticos:

1.- Tamaño del kennel: ajustado al tamaño de mascota.
2.- Permiso sanitario: expedido por el INSAI (Instituto de Salud Agrícola Integral)

-Procedimiento:

1.- Depositar en las cuentas del INSAI de los bancos del estado el valor equivalente a 0,5 unidades tributarias por concepto de tasa.
2.- Presentar original y copia del certificado de vacunación y avales sanitarios vigentes en las oficinas del INSAI.
3.- Presentar original y copia de la cedula de identidad del propietario y/o movilizador.

-Aplicabilidad:

Para movilización de mascotas en todo el territorio nacional